La protección de los derechos humanos de las personas migrantes ante el COVID-19
Crossref
Resumen
La unión del tema de derechos humanos con el de COVID-19 es, además de pertinente, indiscutiblemente necesaria, toda vez que hemos venido presenciando durante los últimos años, desde la aparición de la pandemia, una de las mayores afrentas a la supervivencia de las personas como seres humanos. Ha quedado claro que hemos vivido una constante de desafíos en todos los sentidos: personales, familiares, institucionales, económicos, sociales y otros tantos más; en ese contexto, destaca la protección de derechos humanos, pues es una dimensión construida en relación directa con la persona. Todavía no conocemos los alcances del impacto que provocará esta pandemia, aunque ya hemos visto algunos de sus efectos. Hemos estado inmersos, más bien, en el control de su propagación y en la vacunación para buscar aminorarla y erradicarla. Ya vendrán los tiempos adecuados para enfocar nuestros esfuerzos en combatir las consecuencias de esta crisis. Con objeto de impulsar la defensa que debe construirse para hacer frente a la protección de los derechos de las personas en movimiento, a lo largo de este documento procuraremos mencionar estándares o criterios esenciales que se han venido construyendo por organismos protectores de derechos humanos, a escala regional y global, pues esta es una de las estrategias fundamentales para evitar la violación de sus derechos humanos o, en su caso, para recuperarlos. La protección de los derechos humanos de las personas en movimiento se da en todos los niveles —nacional, regional y mundial—, y deben subrayarse los esfuerzos especiales de cooperación y responsabilidad internacional compartida, pues la migración es un fenómeno que trasciende el ámbito soberano de un país desde el momento mismo en que las personas se trasladan a un país diferente. A continuación, exponemos los primeros efectos de la pandemia en cuanto a la movilidad humana, como lo fueron las diversas restricciones a la libertad de movimiento, entre las que sobresale el cierre de las fronteras, situación que condicionó en gran medida el disfrute de los derechos humanos de las personas migrantes. Partimos de la hipótesis de que la pandemia vino a fronterizar una vez más la cuestión migratoria.
Cómo citar
Édgar Corzo Sosa (2023). La protección de los derechos humanos de las personas migrantes ante el COVID-19. https://doi.org/10.22201/ch.9786073074605e.2023.c11