Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud: aplicación al laboratorio clínico
Openalex
Resumen
En 1993, el Estado estableció el Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el que se introdujeron los diferentes mecanismos legales para promover la calidad en las instituciones prestadoras de servicios de salud en el país. A partir de allí, se implantaron diferentes decretos. En la actualidad, el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud (SOGCS) se encuentra reglamentado en el Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud. El SOGCS está integrado por cuatro componentes principales: el Sistema Único de Habilitación (SUH), la Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad, el Sistema Único de Acreditación (SUA) y el Sistema de Información para la Calidad en Salud, para dirigir y evaluar el desempeño de estas instituciones en términos de calidad y satisfacción social; además, se adoptó el Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud, el cual contiene las condiciones mínimas que deben cumplir los servicios de salud ofertados y prestados en el país, para brindar seguridad a los usuarios en el proceso de la atención en salud. Dicho manual tiene por objeto definir las condiciones de verificación para la habilitación, como la capacidad técnico-administrativa, suficiencia patrimonial y financiera, y la capacidad tecnológica y científica. En este artículo se revisarán algunos conceptos generales del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud, así como los estándares y criterios de habilitación para laboratorios clínicos.
Cómo citar
Verónica Tangarife-Castaño, & Ana María Montoya-Delgado (2023). Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud: aplicación al laboratorio clínico. https://doi.org/10.36384/01232576.635