Acceso abierto·Documento·2002·Español

El derecho de extranjería en los ordenamientos constitucionales

Lorenzo Peña

Openalex

Resumen

¿Están comprendidos los extranjeros en el ámbito de aplicación de los derechos y deberes fundamentales estipulados por las constituciones modernas? Lamentablemente, no. Ha habido, a lo largo de la historia, progresos y retrocesos en la conciencia jurídica de los derechos migratorios. Hoy tienden a establecerse cláusulas de libre circulación en los espacios de integración económica, al paso que, de manera general (y a salvo de dispensas individuales), viene prohibida la inmigración del sur al norte. Esa orientación actual es injusta. Ni se atiene a un principio de justicia natural ni respeta la tradición jurídica (en lo que comporta de derechos históricamente adquiridos). Es dudoso que tengan los estados derecho a prohibir la inmigración foránea. Menos aún es admisible que se considere un delito el auxilio a la inmigración no autorizada. Frente a los criterios hoy imperantes, este artículo formula la propuesta de reconocer el derecho universal humano de migración por todo el Planeta.

Cómo citar

Lorenzo Peña (2002). El derecho de extranjería en los ordenamientos constitucionales. https://doi.org/10.3989/isegoria.2002.i26.575